Buenas tardes, agradezco a las y los consejeros del Instituto Electoral de la CDMX por esta invitación, sin duda el tema del foro me llamó la atención por el solo título: rompiendo fronteras.[1]
Como especialista en estudios fronterizos comparados en el mundo, desarrollé el modelo epistemológico de la frontera, basado en seis categorías analíticas,[2]que no voy a explicar ahora por cuestión de tiempo, pero una en particular da cuenta de la participación político-electoral de la ciudadanía radicada fuera de sus lugares de origen, la que he denominado la frontera glocal.
En esta categoría, el juego lingüístico de lo global-local es intencional pues incorpora diferentes tipologías y engloba las fronteras económicas, fronteras del derecho (internacional), fronteras geopolíticas, fronteras supranacionales, la teoría transnacional, la teoría transfronteriza y los modelos de sociedad. De tal forma, esta categoría permite analizar y yuxtaponer las distintas instituciones, capacidades y fenómenos que circunscriben al actual (y en transición) Estado-nación como ciudadanía, territorio, soberanía, democracia, autoridad, jurisdicción, fenómenos migratorios y políticas públicas.
En un país con 89.1 millones de electores, de los cuales 12.2 millones de mexicanos viven en el extranjero, la mayoría en Estados Unidos, la categoría analítica de frontera glocal incorpora el voto extraterritorial dado que éste extiende y reconoce los derechos políticos de las personas que han dejado su lugar de origen por buscar mejores condiciones de vida. Sin duda es un gran reto lograr que se extienda este derecho político, no solo un reto de las instituciones, también de la sociedad civil organizada y de la academia que radica dentro y fuera de México, como se observó en las pasadas elecciones del 1 de julio.
De acuerdo a los resultados obtenidos en la pasada elección, el total del voto extranjero fue de 98,470, de los cuales el 64.86% fue para el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, y el mayor porcentaje de sobres-voto provinieron de Estados Unidos (77.17%), le sigue Canadá, y el resto de países europeos, en su mayoría.[3]
A pesar de la inversión que implica realizar este ejercicio, ciñéndonos a los números, el porcentaje de los votos en el extranjero asciende al .01% del total de la población mexicana, por lo que podríamos afirmar que no es suficiente para alterar el resultado final de una elección en un país como México, aunque existe quienes aluden lo contrario.
El punto relevante, desde mi perspectiva, es la intención del voto extraterritoririal, de acuerdo a las razones jurídicas, como se observa en el acuerdo firmado el 14 de julio de 2017, según se indica en el diario oficial de la federación, que a la letra dice:
Acorde a lo establecido en el artículo 1, párrafo 1 de la CPEUM, todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la propia Carta Magna y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la misma establece. (p.2)[4]
Así como a las razones lógico-dimensionales de las fronteras territoriales que limitan nuestro país. Este aspecto no es menor pues fue uno de los detonantes del derecho cosmopolita de Kant, explicitados en la Paz Perpetua, en el que afirma falazmente, que si la tierra fuera plana no habría necesidad de pensar en el derecho del otro. En este sentido, la propia delimitación territorial estipulada en la Carta Magna da cuenta de que el derecho político de los ciudadanos mexicanos se extiende incluso fuera del territorio mismo, como se observa en:
Capítulo II
De las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional
ARTÍCULO 42.- El territorio nacional comprende: I. El de las partes integrantes de la Federación;
- El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes;
III. El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo situadas en el Océano Pacífico;
-
La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes;
-
Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fija el Derecho Internacional y las marítimas interiores;
-
El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio Derecho Internacional.[5]
Ahora bien, legal, conceptual y ontológicamente, ambas acepciones, tanto las jurídicas como las lógico-dimensionales corroboran la categoría analítica de la frontera glocal. Si a esto le sumamos que ya se cuenta con un porcentaje de mexicanos en el extranjero situado en una sola nación: Estados Unidos (no se tiene que diversificar la infraestructura del voto extraterritorial), lo más inmediato, dados los tiempos que corren, sería armonizar la política migratoria y fronteriza dentro y fuera del país, si realmente queremos incidir en las siguientes elecciones mediante el voto extraterritorial.
De ahí la importancia de pensar el modelo epistemológico de la frontera, pues permite diseñar modelos de sociedad ad hoca las comunidades en zonas fronterizas, lo mismo que a las comunidades asentadas en territorio extranjero, mediante la redacción de políticas públicas que velen justamente por los derechos políticos de sus ciudadanos dentro y fuera de su territorio, lo que no sucede hasta ahora. Pienso y tomo el siguiente caso como ejemplo de la ausencia de armonizar la política migratoria:
En un lugar llamado Santo Domingo, localizado en el Estado de San Luis Potosí, surgió la idea de una intervención de la “legión extranjera” es decir, se permitió la participación de un candidato que nació en el municipio pero no vivía y no cumplía con el requisito de tener al menos 6 meses viviendo en Santo Domingo, se comienzan las campañas, dicho contendiente era un acaudalado restaurantero en los Estados Unidos, a quien no le resulto difícil obtener el triunfo tras obligar a sus empleados radicados fuera de México a decirles a sus familiares (padres-esposa-hijos) que si no se lograba ganar perderían el trabajo y que además serían enviados de regreso a su casa.[6]
Estamos a buen tiempo de hacer las cosas mejor, si bien es cierto que en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 se incorporó por primera vez el tema de migración en la meta nacional 5. México con Responsabilidad Global, y se redactó el Programa Especial de Migración, con varios aciertos, especialmente en materia de identidad, también se echó a andar el Programa Frontera Sur (desdibujado en el PEM) que recrudeció la criminalización de las personas migrantes en general.
Propongo, y con este termino, incidir desde ahora en el diseño y redacción de la política migratoria y fronteriza desde el Plan Nacional de Desarrollo; es decir, dialogar y transversalizar las iniciativas del Instituto electoral, no solo a nivel de relaciones exteriores y consulados, sino también con otras instituciones encargadas de la política migratoria en el país.
Roxana Rodríguez Ortiz
CDMX 2018
[1]Texto leído en el FORO DE ANÁLISIS POST ELECCIONES ROMPIENDO FRONTERAS: AVANCES Y RETOS DEL VOTO EXTRATERRITORIAL MESA 2: “EL IMPACTO EN MÉXICO DE LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS Y LOS MIGRANTES”, 5 de septiembre 2018.
[2]Véase el libro Epistemología de la frontera. Modelos de sociedad y políticas públicas (Rodríguez, 2014).
[3]Datos tomados de la siguiente página: http://www.votoextranjero.mx/web/vmre/inicio
[4]Véase el ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueban los Lineamientos para la organización del voto postal de las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero para los Procesos Electorales Federal y Locales 2017-2018, a propuesta de la Junta General Ejecutiva.
[5]http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/42.pdf
[6]Óscar Iván Rodríguez, “El voto en el extranjero y su impacto en México”. Publicado el 2 de marzo de 2018 en Revista del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Link: https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/hechos-y-derechos/article/view/12159/13837